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Tratamiento contable y tributario de los beneficios a los trabajadores (Parte final)

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Introducción: Continuando con el desarrollo del caso práctico, veremos que no se determina impuesto diferido al haberse pagado la remuneración vacacional dentro del plazo de vencimiento de presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta del ejercicio 2014. 2. Tratamiento tributario: De acuerdo con las normas laborales, un trabajador que ingresa a trabajar tendrá derecho a un goce vacacional de 30 días calendarios una vez que ha completado un año de servicios prestados al empleador. Sin embargo, para que el gasto por vacaciones sea aceptado para fines de determinación del impuesto a la renta es requisito que hayan sido pagados dentro del plazo establecido por el reglamento para la presentación de la declaración jurada correspondiente a dicho ejercicio, requisito que se cumple en este caso. Según los datos proporcionados, al 31 de diciembre de 2014 la empresa El Sol SAC aún no paga la remuneración vacacional a la trabajadora, pues se acordó que tomar...