EL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y LA CARTA DE CONTROL INTERNO

4. EL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Y LA CARTA DE CONTROL INTERNO

4.1.        El Dictamen

El dictamen del auditor independiente en el Perú, se encuentra normado por el Pronunciamiento N° 3 del Comité de Normas de Auditoría, revisado en setiembre de 1998 y que incluye todas las normas aprobadas por la Federación Internacional de Contadores (IF AC por sus siglas en inglés) hasta el 30 de junio de 1998.


El Pronunciamiento N° 3 "El Dictamen del Auditor Independiente" (Revisado a Diciembre de 2006), recoge los cambios y conceptos de las NlAs aprobados y emitidos hasta el 31 de diciembre de 2005, que norman la forma y contenido del dictamen del Auditor Independiente, por lo que constituye un documento actualizado.

4.1.1.       Concepto

     El término dictamen se refiere a la opinión del auditor independiente sobre los Estados Financieros auditados.

     En este informe se concluye si los Estados Financieros examinados presentan razonablemente, en todos sus aspectos importantes, la situación financiera, los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo de una entidad, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados.




4.1.2.       Elementos Básicos del Dictamen

El dictamen del auditor independiente debe incluir los elementos básicos siguientes:

Título
El dictamen del auditor deberá tener el título de "Dictamen de los Auditores Independientes", para distinguirlo de informes que podrían ser emitidos por otros, como por ejemplo: funcionarios de la entidad, directores, auditores internos o de informes de otro tipo de auditores. Así mismo, este título afirma que el auditor ha satisfecho todos los requisitos éticos pertinentes respecto a la independencia.

Destinatario
El dictamen del auditor debe estar dirigido a los Accionistas, al Directorio u órgano equivalente de la entidad cuyos Estados Financieros han sido auditados.

Párrafo Introductorio
El dictamen debe identificar a la entidad cuyos Estados Financieros han sido auditados, incluyendo el período cubierto por los Estados Financieros.
El párrafo introductorio debe:
·         Identificar el título de cada estado financiero que comprende el juego completo de los Estados Financieros;
·         Referirse al resumen de las políticas de contabilidad significativas y otras notas explicativas; y
·         Especificar la fecha y período cubierto por los Estados Financieros.


En el caso del Perú, los Estados Financieros preparados en concordancia con los principios de contabilidad generalmente aceptados son: el balance general, el estado de ganancias y pérdidas, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo, y un resumen de las políticas contables significativas y otras notas explicativas.

Una ilustración de estos asuntos en un párrafo introductorio es:

"Hemos auditado los Estados Financieros adjuntos de Compañía ABC, que comprenden el balance general al 31 de diciembre de 2006, y los estados de ganancias y pérdidas, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, así como el resumen de políticas contables significativas y otras notas explicativas”.

Responsabilidad de la Gerencia sobre los Estados Financieros
El dictamen del auditor debe establecer que la gerencia es responsable de la preparación y de la presentación clara de los Estados Financieros en concordancia con los principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perú, y que esta responsabilidad incluye:
·         Diseñar, implementar y mantener el control interno pertinente para que la preparación y presentación de los Estados Financieros esté libre de errores materiales, debido a fraude o error;
·         Seleccionar y aplicar las políticas contables apropiadas; y
·         Realizar estimaciones contables que sean razonables en las circunstancias.

Los Estados Financieros son las representaciones de la gerencia. La gerencia es responsable por la preparación de Estados Financieros que presenten claramente la posición financiera, los resultados de sus operaciones y los flujos de efectivo de la entidad en concordancia con los principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perú.

Una ilustración de estos asuntos en un párrafo de Responsabilidad de la Gerencia sobre los Estados Financieros es:

"La Gerencia es responsable de la preparación y presentación razonable de estos Estados Financieros de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perú. Esta responsabilidad incluye: diseñar, implantar y mantener el control interno pertinente en la preparación y presentación razonable de los Estados Financieros para que estén libres de representaciones erróneas de importancia relativa, ya sea como resultado de fraude o error; seleccionar y aplicar las políticas contables apropiadas; y realizar las estimaciones contables razonables de acuerdo con las circunstancias”.

Responsabilidad del Auditor
El dictamen del auditor debe establecer que la responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre los Estados Financieros basada en su auditoría.
 El dictamen del auditor establece que la responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre los Estados Financieros basada en su auditoría para diferenciarla con la responsabilidad de la gerencia en la preparación  y presentación clara de los Estados Financieros.
 El dictamen del auditor deberá describir que la auditoría fue realizada de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en el Perú. El "alcance" se refiere a los procedimientos de auditoría considerados necesarios para la ejecución del exámen de acuerdo con las circunstancias en las cuales éste se desarrolla. El lector necesita esta información como una confirmación de que la auditoría ha sido llevada a cabo de acuerdo con normas establecidas y de aceptación general. Las normas de auditoría aceptadas por la práctica profesional en el Perú son las Normas Internacionales de Auditoría aprobadas por la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú.
El dictamen deberá incluir una declaración de que el auditor cumplió con los requisitos éticos y que la auditoría fue planeada y efectuada para obtener seguridad razonable de que los Estados Financieros no presentan errores importantes.
El dictamen del auditor debe describir su auditoría, estableciendo que:
·         Una auditoría involucra el desempeño de procedimientos para obtener evidencia de auditoría acerca de las cantidades y divulgaciones de los Estados Financieros;
·         Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la evaluación de los riesgos de declaraciones erróneas materiales de los Estados Financieros, debido a fraude o error. Al realizar esta evaluación de riesgos, el auditor considera el control interno pertinente para la preparación y presentación clara de los Estados Financieros de la entidad para diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados a las circunstancias, pero no para los propósitos de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la entidad. En circunstancias en las que el auditor también tiene la responsabilidad de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno en conjunción con la auditoría de los Estados Financieros, el auditor debe omitir la frase de que la consideración del auditor del control interno no es para propósitos de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno; y
·         Una auditoría también incluye evaluar lo apropiado de las políticas contables usadas, la razonabilidad de los estimados contables realizados por la gerencia, así como la presentación de los Estados Financieros en su conjunto.

El dictamen deberá incluir una declaración del auditor de que la evidencia de auditoría que ha obtenido es suficiente y apropiada para proporcionar la base para la opinión del auditor.

Una ilustración del párrafo Responsabilidad del Auditor es como sigue:

"Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos Estados Financieros basada en nuestra auditoría. Nuestra auditoría fue realizada de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en el Perú. Tales normas requieren que cumplamos con requerimientos éticos y que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable que los Estados Financieros no contienen representaciones erróneas de Importancia relativa.

Una auditoría comprende la ejecución de procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los saldos y las divulgaciones en los Estados Financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, que incluye la evaluación del riesgo de que los Estados Financieros contengan representaciones erróneas de importancia relativa, ya sea como resultado de fraude o error. Al efectuar esta evaluación de riesgo, el auditor toma en consideración el control interno pertinente de la Compañía en la preparación y presentación razonable de los Estados Financieros a fin de diseñar procedimientos de auditoría de acuerdo con las circunstancias, pero no con el propósito de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la Compañía. Una auditoría también comprende la evaluación de si los principios de contabilidad aplicados son apropiados y si las estimaciones contables realizadas por la gerencia son razonables, así como  una evaluación de la presentación general de los Estados Financieros.

Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido es suficiente y apropiada para proporcionamos una base para nuestra opinión de auditoría”'.

Opinión del Auditor
El dictamen del auditor deberá expresar claramente su opinión respecto a si los Estados Financieros auditados presentan razonablemente la situación financiera, los resultados de sus operaciones y los flujos de efectivo de la entidad, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perú.
Los términos usados para expresar la opinión del auditor es "presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos".
Dichos términos indican que el auditor considera sólo aquellos asuntos que son materiales, respecto a los Estados Financieros.

Una ilustración del párrafo de opinión es como sigue:

"En nuestra opinión, los Estados Financieros presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos (o "brindan una visión veraz y razonable), la situación financiera de Compañía ABC al 31 de diciembre de 2006, los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perú”:

Lugar y Fecha
La fecha del dictamen deberá ser aquella que coincida con la finalización de la auditoría. Esto indica al lector que el auditor ha considerado el efecto sobre los Estados Financieros auditados y sobre su opinión, de los acontecimientos y transacciones importantes que ocurrieron desde la fecha de los Estados Financieros hasta la fecha de su dictamen.
Debido a que la responsabilidad del auditor es dictaminar sobre los Estados Financieros preparados por la gerencia, el auditor no deberá fechar su dictamen antes que los Estados Financieros sean aprobados por la gerencia. El auditor deberá indicar la localidad donde está domiciliado.

Firma e Identificación del Auditor
El dictamen debe ser firmado por el Contador Público Colegiado responsable de la auditoría, indicando su nombre completo y número de matrícula.

4.1.3.       Tipos de Opinión

Dictamen Limpio (Estándar)
Deberá expresarse una opinión sin salvedades cuando el auditor concluya que los Estados Financieros presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la entidad. Una opinión sin salvedades también indica implícitamente que han sido determinados y expuestos en forma apropiada, en los Estados Financieros, cualquier cambio significativo en la aplicación de los principios contables o en las estimaciones realizadas por la gerencia y sus efectos correspondientes.
El auditor debe en todos los casos en que haya realizado la auditoría de dos años consecutivos, emitir una opinión sobre Estados Financieros comparativos, por lo tanto debe actualizar su opinión sobre los Estados Financieros del año anterior.

Dictámenes Modificados
En ciertas circunstancias, el dictamen del auditor puede modificarse, incorporando uno o más párrafos para indicar las razones por las cuales se llegó a dicha conclusión. Estas modificaciones, en algunos casos, originan dictámenes con salvedades, en otros casos conllevan a una abstención de opinión o a expresar una opinión adversa.



Situaciones en las que el dictamen estándar se considera modificado
Se considera que el dictamen del auditor tendrá modificaciones en las situaciones siguientes:
·         énfasis de un asunto, y
·         cambio contable que afecta la uniformidad.

Cuando los asuntos indicados en el dictamen afectan la opinión del auditor, podrá emitir su dictamen con:
·         Opinión con salvedades,
·         Abstención de opinión, y
·         Opinión adversa.

Es importante mantener la uniformidad en la forma y contenido de cada tipo de dictamen modificado.

Opinión con salvedades
Una opinión con salvedades deberá expresarse cuando el auditor concluye que no puede expresar una opinión sin modificación pero que el efecto de cualquier desacuerdo con la gerencia o limitación en el alcance de su trabajo no es tan importante como para requerir una opinión adversa o una abstención de opinión. Una opinión modificada debe expresarse como "excepto por" los efectos del asunto al que se refiere la calificación.
Cada vez que el auditor expresa una opinión con salvedades deberá incluir en su dictamen una descripción clara de todas las razones sustantivas y si es factible cuantificar posibles efectos sobre los Estados Financieros. Esta información se expondrá en un párrafo separado precediendo al párrafo de opinión y puede hacer referencia a una mayor explicación en una nota a los Estados Financieros.

Abstención de opinión por limitaciones al alcance
Una abstención de opinión debe expresarse cuando el posible efecto de una limitación en el alcance es tan importante que el auditor no ha podido obtener suficiente evidencia de auditoría y, en consecuencia, no puede expresar una opinión sin salvedades sobre los Estados Financieros.
La abstención de opinión se hace necesaria cuando el auditor no ha podido realizar una auditoría suficiente que le permita formarse una opinión sobre los Estados Financieros. La abstención de opinión no debe expresarse cuando el auditor considera que, como resultado de su auditoría, existen desviaciones importantes a los principios de contabilidad generalmente aceptados.
Cuando se expresa una abstención de opinión por limitaciones al alcance, el auditor deberá indicar en un párrafo separado las razones por las cuales su auditoría no cumple con normas de auditoría generalmente aceptadas, y debe expresar que su trabajo no fue suficiente para poder expresar una opinión.

Opinión adversa
Una opinión adversa debe expresarse cuando el efecto de un desacuerdo es tan importante para los Estados Financieros que el auditor concluye que una salvedad al dictamen no es adecuada para revelar la naturaleza equívoca o incompleta de los Estados Financieros.
En la opinión adversa el auditor concluye que los Estados Financieros en su conjunto no presentan razonablemente la situación financiera de la entidad auditada, los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados.
Cuando el auditor expresa una opinión adversa, deberá declarar en su dictamen en un párrafo separado que preceda a su opinión, todas las razones sustantivas que fundamentan su opinión, y los efectos principales del motivo de la opinión adversa con respecto a la situación financiera, los resultados de sus operaciones y los flujos de efectivo, si es práctico.

4.2.        La Carta de Control Interno

4.2.1.       Concepto

La carta de control interno es un informe de auditoria mediante el cual se da a conocer las deficiencias e inexistencia de control interno en algunas de las áreas de la empresa (denominadas áreas críticas), o procedimientos de la empresa
Es el documento mediante el cual se hacen llegar las observaciones encontradas en la etapa de ejecución; previa revisión con el cliente para su respectiva emisión.
La carta de control interno es un documento interno para la Gerencia o Administración.


4.2.2.       Contenido de la Carta de Control Interno

La carta de control interno tiene el siguiente contenido:

Carta de Presentación
La misma que será dirigida al Gerente General de la empresa sujeta al exámen o a la Administración de la misma de ser el caso.



Cuerpo
Donde se indica la estructura de la carta de control interno que varia de acuerdo al auditor o sociedad de auditoria.
A continuación presentamos una estructura de la carta de control interno:
·         Aspectos Generales.
·         Comentarios y Logros.
·         Observaciones y Recomendaciones.

4.2.3.       Responsabilidad de las Observaciones citadas en la Carta de Control Interno

Los responsables de las observaciones emitidas en dicho informe son:
·         El encargado del trabajo de auditoría.
·         Los asistentes de auditoría.
·         La responsabilidad de la discusión con los funcionarios directamente afectados será del supervisor.

Es importante mencionar que las observaciones presentadas en la carta de control interno deben contener los siguientes aspectos:
·         La condición “lo que es”
·         El criterio “como debe ser”
·         El efecto “cual es el riesgo”
·         La causa “porqué sucede”
·         La recomendación “que se debe hacer”



4.3.        La responsabilidad del Auditor

Existen limitaciones inherentes en una auditoría que afectan la capacidad del auditor para detectar imprecisiones o errores significativos, que resultan de factores tales como:
·         La ejecución de pruebas (pruebas selectivas).
·         Limitaciones inherentes de cualquier sistema de control interno y contable (Ej. La colusión)
·         Evidencia persuasiva antes que concluyente
·         Otros: transacciones entre partes vinculadas.

En consecuencia, una auditoría no es garantía de que los Estados Financieros están libres de imprecisiones o errores significativos.

La responsabilidad del auditor es formarse y emitir una opinión sobre los Estados Financieros; mientras que la responsabilidad de la gerencia es preparar y presentar razonablemente los Estados Financieros de acuerdo con las NIIF.

Un auditor no tiene seguridad absoluta de la no existencia de errores originados por error o fraude, basado en evidencias disponibles que son persuasivas más que conclusivas.

El posterior descubrimiento de una información errónea debido a un fraude no indica por si mismo, un incumplimiento de la NIA.

Si el auditor ha identificado un fraude o ha obtenido información que puede existir un fraude, el auditor deberá comunicar estos asuntos tan pronto sea factible al nivel apropiado de la administración.

La responsabilidad de los auditores externos ante la ley 28755, que modificó los artículos 198 y 245 del código penal; Ley publicada el 06 de junio del 2006, incluye a los auditores externos e internos dentro de los posibles sujetos activos o autores de los delitos tipificados en los artículos  198 y 245 del Código Penal.

En el art. 198 no se incluía a los auditores internos y externos porque la autoría se define en función a los deberes que tienen que cumplir  en calidad de ejecutivos, representantes o administradores de la persona jurídica, situación que no tienen los auditores.

En caso que los auditores externos estuvieran coludidos o participen en el delito, se debe aplicar el art. 25 del Código Penal, que corresponde cuando existen otros sujetos como cómplices  primarios o secundarios.
En consecuencia, la modificación de la norma es antitécnica porque ya existían normas al respecto.


Es por esta razón que la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú ha efectuado un pronunciamiento público de sus discrepancias con este dispositivo por ser INJUSTO Y ANTITÉCNICO.