1. Introducción: El 31 de diciembre de 2014 se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley Nº 30296, la cual lleva como título “Ley que promueve la re activación de la economía”. Para efectos didácticos nos centraremos en las modificaciones relacionadas con las tasas del impuesto a la renta, aplicables tanto para las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que optaron por tributar como tales; al igual que en el caso de las personas que son generadores de rentas de tercera categoría.Estos cambios entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2015, ello por el hecho que el impuesto a la renta es un tributo de periodicidad anual, lo que de-termina que cualquier modificatoria surte efectos a partir del 1 de enero del año siguiente al que se publicaron las normas. La vigencia está confirmada de acuerdo a lo indicado por el numeral 1 de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30296, la vigencia del capítulo I de la Ley Nº 30296 será desde el ...